lunes, 21 de febrero de 2011

VOTO DE LOS NACIONALES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO - 22 MAYO 2011

Artículo 75 LOREG. Ejercicio del voto por personas que viven en el extranjero.

1. En las elecciones a Diputados, Senadores, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, miembros de las Asambleas de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y Diputados al Parlamento Europeo, cuando en este último caso se opte por la elección en España, los españoles inscritos en el censo de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero deberán formular mediante impreso oficial la solicitud de voto dirigida a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del vigésimo quinto día posterior a la convocatoria. Dicho impreso será remitido a los españoles inscritos en el mencionado Censo, sin perjuicio de encontrarse disponible desde el día siguiente al de la convocatoria electoral en las dependencias consulares y de poder obtenerse por vía telemática. Al impreso de solicitud se acompañará fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia.

2. Recibida la solicitud, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán a la dirección de la inscripción del elector las papeletas y el sobre o sobres de votación, dos certificados idénticos de estar inscrito en el Censo de Residentes Ausentes, así como un sobre en el que debe figurar la dirección de la Junta Electoral competente y otro con la dirección de la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática en la que están inscritos.

3. Dicho envío debe realizarse por correo certificado y no más tarde del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria, en aquellas provincias donde no hubiese sido impugnada la proclamación de candidatos, y en las restantes, no más tarde del cuadragésimo segundo.

4. Los electores que opten por ejercer por correo su derecho de voto, deberán incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente, junto al sobre o sobres de votación y el certificado de estar inscrito en el censo, fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia y enviar todo ello en el sobre Departamento Partido Popular en el Exterior 4 dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector esté adscrito, por correo certificado no más tarde del quinto día anterior al día de la elección.

5. Los electores que opten por depositar el voto en urna, lo harán entre el cuarto y segundo día, ambos inclusive, anteriores al día de la elección entregando personalmente los sobres en aquellas Oficinas o Secciones Consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello. A este fin, las dependencias consulares habilitadas dispondrán de una urna o urnas custodiadas por un funcionario consular.

6. El elector acreditará su identidad ante el funcionario consular mediante el pasaporte, el Documento Nacional de Identidad o la certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia, y, previa exhibición y entrega de uno de los certificados de inscripción en el censo de residentes ausentes que previamente ha recibido, depositará el sobre dirigido a la Junta Electoral competente para su escrutinio, una vez que el funcionario consular estampe en dicho sobre el sello de la Oficina Consular en el que conste la fecha de su depósito.

7. Durante los días señalados para efectuar el depósito del voto en urna los responsables consulares deberán establecer las medidas para facilitar el ejercicio del mismo por los electores, así como aquellas que se consideren necesarias para la correcta guarda y custodia de las urnas, que incluirán el precintado de las mismas al finalizar cada jornada. Los representantes de las candidaturas concurrentes a las elecciones podrán estar presentes en las dependencias consulares habilitadas durante los días del depósito de voto en urna.

8. Finalizado, el plazo del depósito del voto en urna, el funcionario consular expedirá un acta que contendrá el número de certificaciones censales recibidas y, en su caso, las incidencias que hubieran podido producirse, así como el número de sobres recibidos por correo hasta la finalización del depósito del voto en urna. Al día siguiente, los sobres depositados por los electores y los recibidos por correo junto al acta expedida por el funcionario consular deberán ser remitidos, mediante envío electoral, a la Oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, la cual, a su vez, procederá al envío urgente de dichos sobres a las Juntas Electorales correspondientes.

9. En todos los supuestos regulados en el presente artículo será indispensable para la validez de estos votos que conste claramente en el sobre mencionado un matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado en cuestión o, en su caso, de la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática correspondiente, que certifique, de modo indubitable, el cumplimiento del requisito temporal que en cada caso se contempla.

10. El día del escrutinio general, y antes de proceder al mismo, la Junta Electoral competente se constituye en Mesa Electoral, a las ocho horas de la mañana, con los Interventores que a tal efecto designen las candidaturas concurrentes.

11. A continuación, su Presidente procede a introducir en la urna o urnas los sobres de votación de los residentes ausentes recibidos hasta ese día y el Secretario anota los nombres de los votantes en la correspondiente lista. Acto seguido, la Junta escruta todos estos votos e incorpora los resultados al escrutinio general.

12. El Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, puede regular los criterios y limitar los supuestos de aplicación de este artículo, así como establecer otros procedimientos para el voto de los residentes ausentes que vivan en Estados extranjeros donde no es practicable lo dispuesto en este artículo.

Reforma de procedimiento de votación del censo de españoles residentes en el exterior.

Siguiendo instrucciones de la JEC se regula un procedimiento muy garantista, basado en tres principios:

a. Personalidad, para evitar suplantación del voto.
b. Transparencia, para evitar manipulación del voto.
c. Efectividad, para garantizar que el voto emitido se contabilice.

Dicho procedimiento garantista posibilita votar en urna en los consulados, manteniéndose el voto por correo, y que, en ambos casos, será un voto rogado.

El voto por correo, con carácter general, se remitirá al consulado y no a las Juntas Electorales.

Se condiciona el ejercicio de sufragio en elecciones locales a estar inscrito en el Censo de Españoles residentes en España.

El PP elaborará un plan específico para los españoles en el exterior que deseen retornar

El director del Partido Popular en el Exterior, Alfredo Prada, ha explicado que el PP va a elaborar “un plan de apoyo específico para los españoles en el exterior que deseen retornar a España, cuyo objetivo será la reinserción digna y una pronta reincorporación al mercado de trabajo”.

El director del Partido Popular en el Exterior ha viajado a Mar del Plata donde ha participado en un encuentro con afiliados y simpatizantes del PP en Argentina. Prada continúa así una ronda de encuentros con los españoles de los 26 países en los que el PP cuenta con representación.

De esta manera, el dirigente popular pretende explicar las propuestas y soluciones que ofrece el PP a los españoles residentes en el exterior. Éstas fueron aprobadas por el Consejo de Españoles Residentes en el Exterior que presidió el presidente del PP, Mariano Rajoy, el pasado 15 de enero en León.

"Hemos trabajado para elaborar un programa marco de cara a las próximas elecciones autonómicas. Esto no lo hemos hecho de la noche a la mañana, es fruto de un trabajo de años en los que hemos viajado por todo el mundo escuchando a los españoles que viven en el exterior, escuchando sus preocupaciones, sus problemas, sus sensibilidades", ha afirmado.

Otra de las propuestas que también ha destacado Prada es que el PP va a impulsar en el Senado la creación de una Comisión Especial que se centre en analizar los problemas y necesidades de los españoles que residen fuera de nuestras fronteras.

miércoles, 9 de febrero de 2011

PROGRAMA DEL PARTIDO POPULAR EN EL EXTERIOR


El Partido Popular quiere hacer justicia con todos los españoles, que residen en el exterior, con independencia de las razones que les llevaron a dejar España y de la época en que lo hicieron, sin discriminación con los españoles que residen en el interior y con discriminación positiva en caso de retorno, para su adecuada reinserción social y laboral.

Por ello, apostamos por:

1.- Ratificaremos nuestro compromiso con todos los españoles que viven fuera de nuestra tierra. Velaremos por sus derechos y sus intereses, así como por los de sus descendientes con independencia del país en que residan o hayan residido.

2.- Extenderemos la tarjeta sanitaria a los españoles residentes en el exterior, cubriendo su asistencia sanitaria en España y en el resto de España en igualdad con los españoles que residen en España, y beneficiándose en los países que tienen convenio suscrito con España de la cobertura sanitaria que los mismos prevén, promoviendo así mismo la firma de nuevos convenios con los países de acogida con la que todavía no los tenemos.

3.- Garantizaremos el derecho de los españoles en el exterior a percibir una pensión asistencial, en condición de igualdad a los españoles que residen en territorio español, siempre y cuando sean mayores de 65 años de edad y se encuentren en una situación de dependencia física o psíquica o sean víctimas de la violencia de género y se encuentren en situación de necesidad, por carecer de rentas o ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas para lo que se creará un fondo de Garantía de Pensiones Asistenciales.

4.- Potenciaremos los programas de ayuda y becas de estudio para los hijos y nietos de los españoles que residen en el exterior.

5.- Arbitraremos las medidas y medios necesarios, para que los españoles residentes en el exterior y sus descendientes no pierdan las lenguas y las culturas españolas, compatible siempre con el aprendizaje del idioma del país de acogida y conocimiento de su cultura que posibilite la adecuada integración en la sociedad en que viven.

6.- Fomentaremos la creación y apoyo de centros y asociaciones de españoles residentes en el exterior que tengan por objeto la defensa de los principios y valores democráticos y de libertad, la promoción de aspectos relevantes de las culturas españolas y la del País de acogida, y el correcto conocimiento de las lenguas españolas, y de la del País de residencia; así como, las que tengan por objeto acciones sociales, siempre y cuando no tengan finalidad lucrativa.

7.- Garantizaremos los mismos beneficios a las mujeres españolas maltratadas en el exterior en igualdad de condiciones que las mujeres maltratadas en España.

8.- Elaboraremos un plan de apoyo específico para que los españoles en el exterior, que deseen retornar a España, cuyo objetivo sea la reinserción digna y una pronta reincorporación al mercado de trabajo.

9.- Proponemos la supresión del impuesto de sucesiones y donaciones, también para los españoles residentes en el exterior.

10.- Aplicaremos los beneficios que facilitan las Comunidades Autónomas a las familias numerosas a las que residan en el exterior.

11.- Propondremos la creación de una Comisión Especial en el Senado para analizar los problemas de la emigración.

Prada entrega el carnet del PP a una veintena de nuevos afiliados residentes en Milán

El director del Partido Popular en el Exterior, Alfredo Prada, ha viajado a Milán donde se ha reunido con la colonia española en la ciudad italiana y ha presidido un acto de entrega de nuevos carnets del PP a una veintena de nuevos afiliados.

En esta nueva etapa de expansión en el exterior, el PP ya cuenta en Italia con dos delegaciones: una en Roma y otra en Milán.

En su intervención en el acto de entrega de carnets, Prada le ha pedido al Gobierno una campaña institucional que explique a los españoles residentes en el exterior los pasos que deben de seguir para poder votar en las elecciones autonómicas del próximo 22 de mayo.

Prada ha informado de que acaba de enviar una carta a la secretaria de Estado de Emigración e Inmigración, Anna Terrón, en la que le ha exigido que su departamento se movilice con el objetivo de fomentar la participación del mayor número posible de emigrantes españoles en los próximos comicios.

Por su parte, la presidenta del PP de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, se desplazará a Londres el próximo 22 de febrero donde intervendrá en un acto público organizado por el PP español en el Reino Unido.

La comunidad madrileña en el exterior es la más numerosa de las que serán convocadas el 22 de mayo a las elecciones autonómicas. Hay alrededor de 175 mil madrileños residiendo fuera de España, de los cuales cerca de 10 mil viven en Reino Unido.